A lo señalado en la RM N°239-2020-MINSA y sus modificatorias

A lo señalado en la RM N°239-2020-MINSA y sus modificatorias, del anexo N° 4 de la estructura del PLAN a presentar en la re-apertura (salvo disposición sectorial); SE RECOMIENDA para la parte VII, punto 6, señaladas en MEDIDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL, incluir los EPP a asignar a los puestos por el NIVEL DE EXPOSICIÓN al riesgo a las funciones a desempeñar como medidas de protección individual por el COVID-19, adicional a las medidas colectivas.

«De acuerdo a la norma, los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo de la EMPRESA, deberán determinar los niveles de protección.» ver nota del Anexo N° 3, de la RM 239-2020-MINSA.

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